Señor Empresario el Sipref le permite proteger su empresa
A partir del 30 de mayo de 2014, entró en vigencia la Circular Externa 005 de la Superintendencia de Industria y Comercio y creó el Sistema Preventivo de Fraudes – SIPREF, el cual tiene como finalidad prevenir que terceros ajenos a los titulares de los registros públicos que llevan las Cámaras de Comercio, modifiquen la información que reposa en ellos.
Si el titular del registro es notificado que se ha radicado un trámite ante la Cámara de Comercio y el documento aún no ha sido registrado por el titular podrá solicitar el desistimiento del registro y con ello se hará la devolución correspondiente.
Si cuando el titular es notificado del registro por la Cámara de Comercio y decide comunicarse para oponerse al registro y el documento ya ha sido registrado, no podrá hacer uso del desistimiento del trámite, sino que debe hacer uso de los mecanismos judiciales o administrativos a los que haya lugar (recursos o revocatoria).
El desistimiento del trámite debe hacerse de manera presencial y con presentación personal del titular del registro, sin embargo la persona puede comunicarse por cualquier medio con la Cámara y solicitar el desistimiento, cualquier opción es válida. Es de aclarar que la persona una vez se comunique por cualquier medio, se suspende el curso de la radicación mientras realiza la presentación personal y de esa manera queda formalizado el desistimiento.